Los corredores se encuentran sometidos a una estricta normativa de requisitos financieros y de profesionalidad, cuyo cumplimiento es obligatorio para poder acceder y desarrollar su actividad.
Según la Dirección General de Seguros, los mediadores de seguros independientes son “mediadores libres de vínculos que supongan afección respecto a las aseguradoras. La ley les confiere la misión de ofrecer a los asegurados un asesoramiento profesional, especializado e imparcial, fundado en su independencia. Por tanto, deben recomendar a sus clientes las coberturas de seguro y las entidades que mejor se adapten, a su juicio profesional, a las necesidades del consumidor”.
Los agentes de seguros son mediadores ligados a la entidad aseguradora a través de un vínculo contractual y una relación de dependencia. La entidad responde por las acciones del agente y éste actúa en nombre de la compañía de seguros.
Su vinculación puede ser exclusiva o no. Los agentes exclusivos no pueden estar vinculados simultáneamente por contrato con más de una entidad aseguradora, a menos que ésta le autorice expresamente para operar con otra entidad en contratos de seguros que no practique ella misma. Los agentes que trabajan con varias aseguradoras se denominan agentes vinculados.
Independencia: no mantienen vinculación con las entidades aseguradoras.
Oferta amplia: ofrece al cliente productos de cualquier entidad.
Asesoramiento y servicio sin coste: el asesoramiento es gratuito, un corredor de seguros tiene la obligación de facilitar a su cliente la información completa y motivada acerca de las varias opciones de seguros seleccionadas en función de su criterio.
Seguridad: la actividad de todos los corredores de seguros es permanentemente supervisada y controlada de la Dirección General de los Seguros (DGSFP).
Asistencia post-venta: una de las funciones principales del corredor de seguros es la asistencia continua y permanente a su cliente durante la vida del seguro, especialmente en caso de siniestro.
Comunicar rápidamente el accidente a las fuerzas y cuerpos de seguridad (guardia civil 062 o centro de emergencias 112)
Si hubiera heridos no mover a la víctima y mantenerla con calor y esperar la ayuda de los servicios solicitados. La víctima únicamente deberá moverse en caso de riesgo inminente de explosión o incendio del vehículo.
Sí eres testigo de cómo ha ocurrido el accidente, espera a los servicios policiales: tu testimonio es importante
Si el accidente de tráfico no produce víctimas y sólo daños materiales, los dos conductores implicados rellanan o no la Declaración Amistosa de Accidente, con versiones que son o no coincidentes. Ambos comunican el siniestro a su compañía y la entidad aseguradora del conductor no responsable del accidente comunica el siniestro a un sistema informático denominado CICOS.
La entidad aseguradora del conductor no responsable del accidente procede a reparar el vehículo de su asegurado o a abonar los daños que hubiese tenido, una vez dispone de la conformidad de la otra entidad. Después, la entidad de conductor culpable paga un módulo (cantidad fijada por siniestro, independientemente del coste real) a la entidad del conductor no culpable.
Si se han producido heridos o víctimas mortales, en el reverso de la Declaración del Siniestro de Daños (la Declaración Amistosa de Accidente, de la que hemos hablado antes) existe la posibilidad de facilitar otros datos complementarios o de importancia, como, por ejemplo, señalar la información sobre los lesionados. En caso de no disponer de dicha declaración un escrito es suficiente y siempre debe ser facilitado a la aseguradora, junto al atestado, que será facilitado por la Guardia Civil.
Independientemente de lo anterior, la asistencia médica y hospitalaria, si fuera necesaria, siempre se facilita. Posteriormente las entidades aseguradoras abonaran a los hospitales públicos o privados que los hayan atendido el coste económico de la atención, en base a acuerdos recogidos en los diferentes Convenios de Asistencia Sanitaria Pública o Privada, firmados entre entidades aseguradoras y clínicas y hospitales.
Uno de los principales problemas a la hora de reparar económicamente al accidentado, se centra en los daños corporales, ya que, en el caso de los materiales, aun siendo mucho más numerosos, es fácil saber cuál es el valor de sustitución o reparación de una pieza del vehículo, mientras que cuando hay daños corporales, éstos entrañan una compleja evaluación y valoración por la diversidad de secuelas posibles.
Para valorar esas lesiones, en España contamos con un Sistema para la Valoración del Daño Corporal en Accidente de Tráfico, denominado BAREMO que es obligatorio y la mejor garantía de que dos lesiones iguales son indemnizadas con la misma valoración económica con independencia de que se hayan producido en diferentes lugares o tramitadas por distintas jurisdicciones.
El Baremo está recogido en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, y se actualiza todos los años en función del IPC.
Es importante que contactes con un profesional para que resuelva todas tus dudas y saber qué tienes y qué no tienes contratado.
Nos ponemos a tu disposición para lo que precises.
Rellenar una DAA es muy sencillo, sólo hay que seguir las siguientes recomendaciones:
-Escribe con claridad: rellena los datos con letra mayúscula y evita confundir los datos del vehículo A (columna de fondo azul) con los del B (columna de fondo amarillo).
-Rellena todos los datos posibles.
-Utiliza sólo un formulario para una colisión entre dos vehículos.
-Fíjate bien en la columna central, que es la que determina las circunstancias del siniestro.
-Si hay testigos del accidente, anota su teléfono y dirección.
-Si hay lesionados o más vehículos implicados, rellena el apartado correspondiente.
-Dibuja un croquis del escenario del accidente.
-Firma el parte, comprueba que el otro conductor también lo hace y quédate con una copia del mismo
Cuando pienses en el Seguro, no lo hagas solo pensando en el que te repara el coche o los cristales de tu casa. Ni siquiera en el que garantiza un dinero en caso de fallecimiento. El seguro es también un eficaz agente financiero, capaz de canalizar tu dinero, lograr rentabilidad y ofrecerte una senda de ahorro sin sobresaltos y con ventajas fiscales.
El seguro es además la fórmula de ahorro idónea para las familias ya que permite ir ahorrando las pequeñas cantidades que mes a mes vamos retirando, tiene fórmulas de liquidez por si en algún momento necesitas tu dinero y, a diferencia de la mayoría de los productos, tu dinero no corre riesgos o éstos están muy controlados. La inmensa mayoría de nuestros productos son auténticas huchas, donde tu dinero siempre está protegido, no se pierde pase lo que pase en los mercados financieros, y además va creciendo día a día con la rentabilidad que te ofrece el Seguro.
Pregúntanos por los productos de inversión de las aseguradoras.
Si no encuentras las pólizas o sencillamente tienes dudas, accede al Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento. Es un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia, en el que nosotros entregamos toda la información.
Si estás tramitando la herencia, el propio notario consultará online el Registro.
Lo segundo, llamar a tu mediador, compañía o mutua y trasládales tu problema. Ellos te enviarán un profesional que verificará el origen de la humedad, ver si está en tu vivienda o en la de un vecino, o proviene de los conductos comunes.
En tercer lugar, si la causa no está en tu vivienda, tendrás que hablar con tu vecino o con el presidente de la comunidad o el administrador para que sus aseguradoras se encarguen del problema.
Si no te hacen caso, pídele a tu seguro que proceda a iniciar la Reclamación de Daños (que es una cobertura muy generalizada en el Multirriesgo Hogar)
Si no tienes seguro, tienes un problema. Te va a tocar a ti buscar la avería, buscar un profesional o profesionales que la reparen, ponerte de acuerdo con tus vecinos o con la Comunidad para ver cómo se paga, y esperar que todo vaya bien.
Por ejemplo, si se produce una avería en una tubería y se provocan daños por agua a un vecino, si no se tiene un seguro de hogar, el propietario de la vivienda deberá hacerse cargo de los gastos de reparación.
Normalmente, los bancos ofrecen condiciones más ventajosas en el préstamo si el seguro se contrata con la compañía aseguradora vinculada a la entidad bancaria que concede el préstamo. En estos casos, y si el cliente lo considera preferible, se recomienda negociar con la entidad la posibilidad de suscribir el seguro con otra entidad diferente que cubra idéntica contingencia.
En cualquier caso, la contratación del seguro debe hacerse siempre con el consentimiento del cliente.
Puedes contactar con nosotros para averiguarlo.
Añadir muchos detalles a algo que no lo necesita como una manera de ocultar información importante.
Utilizar un lenguaje muy complicado, lleno de detalles técnicos, para que el lector no lo entienda.
Utilizar un tamaño de letra muy pequeño, que dificulta o imposibilita la lectura del texto.
Con el fin de proteger a los asegurados, la redacción de los contratos debe ser clara y precisa. De hecho, está legalmente establecido que las limitaciones que tenga el seguro se destaquen de modo especial.
Contacta con nosotros para responder a tus dudas y asesorarte en tus decisiones